Sistema de Gestión AntiSoborno

OBJETIVO

La Política Antisoborno de la EMCO EP refleja el compromiso de todos los servidores y funcionarios para ejecutar sus actividades con el máximo nivel de ética y en cumplimiento de la normativa legal vigente.

Para el desarrollo de la presente POLÍTICA ANTISOBORNO, EMCO EP ha tomado como referencia los requisitos de la norma ISO 37001:2016 para el Sistema de Gestión Anti Soborno (SIGAS); y, la normativa legal vigente suscrita por el estado ecuatoriano en materia de cumplimiento y prevención del soborno.

EMCO EP ha definido políticas y directrices para una eficaz implementación y funcionamiento del SIGAS, que permitirá prevenir, controlar y gestionar riesgos relacionados con el soborno que puedan presentarse dentro de la Institución así como con sus partes interesadas.

ALCANCE

La presente POLÍTICA ANTISOBORNO se aplica en la oficina matriz de la EMCO EP, en la ciudad de Quito, procesos de: “CATASTRO, CALIFICACIÓN Y POSESIÓN DE LIQUIDADORES”; y, “SUPERVISIÓN A EMPRESAS PÚBLICAS EN LIQUIDACIÓN”; perteneciente a la Gerencia Corporativa de Liquidación de Empresas Públicas.

La política se aplica, a los servidores y funcionarios que son parte de las actividades de los procesos en el alcance; a los servidores y funcionarios que intervienen en los otros procesos de la Institución determinados en el mapa de procesos. Se dará a conocer la aplicación de esta POLÍTICA ANTISOBORNO a las partes interesadas con el objeto de prevenir cualquier tipo de actos de soborno.

El SIGAS será evaluado y sometido a revisiones periódicas para el cumplimiento de los objetivos antisoborno planteados por la Institución.

DEFINICIONES

EMCO EP: Empresa Coordinadora de Empresas Públicas

Estándar: Norma ISO 37001:2016.

Funcionario: Persona que ocupa un cargo directivo en la EMCO EP

Institución: EMCO EP.

ISO 37001: Norma internacional diseñada para ayudar a las organizaciones a implementar un sistema de gestión contra el soborno. Especifica una serie de medidas que la organización puede implementar para ayudar a prevenir, detectar y tratar el soborno.

Servidor: Persona que ocupa un cargo bajo cualquier modalidad (nombramiento y/o contrato) en EMCO EP.

SIGAS: Sistema de Gestión Antisoborno.

Soborno: Se define como el acto de dar, ofrecer, prometer, solicitar o recibir algo, independientemente de su valor, sea como contraprestación por un beneficio indebido, sea financiero o no financiero, o una ventaja inapropiada o como contraprestación para el desempeño de cualquier función pública o privada, independientemente de que dicha oferta, promesa o solicitud sea para sí mismo o un tercero, o bajo el nombre propio de esa persona o en representación de un tercero.

POLÍTICA ANTISOBORNO

En EMCO EP está PROHIBIDO CUALQUIER ACTO DE SOBORNO, de forma directa o indirecta, con relación a un servidor público o a una persona privada; la empresa se compromete a combatir el soborno, generando elementos y herramientas necesarias que garanticen un comportamiento ético.

Los servidores y funcionarios de EMCO EP se comprometen al cumplimiento de las leyes antisoborno de carácter nacional o internacional que sean aplicables a la Institución, así como también al cumplimiento de los requisitos del SIGAS.

Los servidores de EMCO EP están comprometidos con el logro de los objetivos antisoborno y con la mejora continua del SIGAS, detectando los cambios del entorno en que EMCO EP desarrolla sus actividades para así convertir las amenazas en oportunidades.

EMCO EP reconoce cualquier comunicación de indicio o sospecha de actividad irregular de cualquiera de sus servidores, funcionarios o personas vinculadas a la Institución; resguardando los datos del denunciante y dando la opción del anonimato en la denuncia, por lo que incentiva a indicar con el mayor detalle posible, los hechos denunciados; EMCO EP ha dispuesto un canal de denuncias para que las personas puedan denunciar un hecho, conducta sospechosa o puedan plantear cualquier tipo de duda o consulta al respecto.

Para que el SIGAS funcione con total independencia y transparencia se ha definido el rol de la FUNCIÓN DE CUMPLIMIENTO, con la suficiente competencia, estatus, autoridad e independencia frente al SIGAS.

EMCO EP tomará las acciones necesarias contra el servidor o funcionario que se encuentre inmiscuido en actos que atenten contra el SIGAS y esta POLÍTICA ANTISOBORNO, de acuerdo a la normativa legal vigente.

EMCO EP prohíbe a servidores y funcionarios recibir cualquier regalo, hospitalidad, donación u otros beneficios similares que podrían percibirse como un soborno.

 

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